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Protocolos COVID-19 para el desarrollo de actividades del Centre de la Imatge i la Tecnologia Multimèdia (CITM)

Estos protocolos están sujetos a revisión permanente. Todos los profesores y estudiantes del CITM tienen que velar por su cumplimiento.

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Becas, préstamos y ayudas

A continuación encontraréis las becas, los préstamos y las ayudas a las que os podéis acoger si sois estudiantes del Centro de la Imagen y la Tecnología Multimedia.

Las becas están destinadas a cubrir de forma total o parcial el coste de los estudios o las investigaciones.

Los préstamos implican un contrato personal entre la persona solicitante y la entidad que le ofrece los recursos económicos para cursar los estudios.

También incluimos información sobre ayudas que podéis obtener si sois profesionales que trabajáis en empresas.

BECAS

  • BECAS DE CARÁCTER GENERAL

    Ministerio de Educación y Formación Profesional
    La beca de carácter general se convoca anualmente por el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP), y en Cataluña es gestionada por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR).

    Estas becas se dirigen a estudiantes que se matriculen en estudios universitarios oficiales de grado y/o de máster universitario.

    En los centros adscritos como el CITM, la beca en la matrícula se aplica exclusivamente a la parte del precio público. Este importe se indica en el decreto de precios que se aprueba anualmente en el mes de julio. En el curso 2023-2024, la ayuda es 18,46€ por crédito ECTS.

    CONVOCATORIA 2024-2025

    Para el curso 2024-2025, el calendario de solicitudes es el siguiente:

    Plazo de presentación de solicitudes: desde el 19 de marzo al 10 de mayo de 2024, ambos inclusive.

    Solicita tu ayuda dentro de este plazo, aunque no sepas qué titulación vas a estudiar o incluso si no sabes si estudiarás o no.
    Infórmate en la web de AGAUR y en la del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

    Recuerda que debes tramitar la solicitud de la beca a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

PRÉSTAMOS

  • PRÉSTAMO AGAUR - FINAN : PROGRAMA DE PRÉSTAMOS UNIVERSITARIOS

    Destinatarios: Estudiantes que se matriculen en un curso de primero y segundo ciclo, grado, máster, posgrado o doctorado de cualquier universidad o centro docente del sistema universitario catalán que esté adherido al Convenio.
    Más información: Generalitat de Catalunya. AGAUR

    Contacto: finan.agaur@gencat.cat

AYUDAS

  • AYUDAS CITM A LA EXCELENCIA ACADÉMICA

    El Centro de la Imagen y la Tecnología Multimedia (CITM) de la UPC ofrece tres ayudas específicas para premiar la excelencia académica de los estudiantes y que cubrirán el 100% del importe de la matrícula del grado del primer curso. +Info
  • AYUDAS PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DE CENTROS ADSCRITOS (ACA)

    Objeto: El objetivo de las ayudas es compensar parcialmente al estudiante de los costes de la matrícula universitaria de estudios oficiales en centros adscritos.
    Más información: Ayuda ACA.
  • FORMACIÓN BONIFICADA: ACCIONES FORMATIVAS O PERMISO INDIVIDUAL DE FORMACIÓN (PIF)

    Objeto:

    ACCIONES FORMATIVAS: Las empresas disponen de un crédito anual para cofinanciar la formación de sus trabajadores, que varía en función de la cantidad ingresada en concepto de cuota de formación profesional durante el ejercicio anterior. Este crédito se determina aplicando a esta cantidad un porcentaje de bonificación establecido por la Ley de presupuestos generales del Estado y que depende del número de trabajadores de la empresa. El crédito se hace efectivo mediante bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social, es decir, la empresa se deduce los costes de la formación directamente de las cotizaciones que paga a la Seguridad Social.

    PERMISO INDIVIDUAL DE FORMACIÓN (PIF): Las empresas también pueden conceder un permiso individual de formación (PIF) a los trabajadores y trabajadoras que soliciten realizar un programa formativo que conduzca a la obtención de un título propio de universidad. En este caso, las empresas pueden aplicarse una bonificación que cubra los costes salariales (salario base, antigüedad, complementos fijos y la parte correspondiente de las pagas extraordinarias) y las cotizaciones en la Seguridad Social asociadas a las horas laborales (200 como máximo) en las que el trabajador disfruta del PIF.
    Beneficiarios: Cualquier empresa con centros de trabajo en el territorio estatal que cotice en la Seguridad Social y que esté al corriente de sus obligaciones tributarias.
    Requisitos:
    • Cumplir con el deber de información en la representación legal de los trabajadores, según el artículo 16 de la orden TAS/2307/2007.
    • Informar a las personas participantes y a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) antes de empezar la formación.
    • Haber hecho la formación, que debe estar relacionada con la actividad de la empresa.
    Periodo de solicitud: El crédito a bonificar vence anualmente, tanto si se utiliza como si no. La formación debe realizarse íntegramente en el año natural, es decir, debe haberse acabado el 31 de diciembre y debe haberse comunicado la finalización como muy tarde en esta fecha. Las comunicaciones de inicio y finalización se realizan por vía telemática en la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y la bonificación puede practicarse en los TC hasta el último TC del año, que se presenta el 31 de enero del año siguiente.
    Para consultas específicas, os recomendamos que enviéis un correo a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) a través de su web: www.fundae.es.

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